martes, 9 de junio de 2020

Oposición Geografía e Historia. Prácticas Historia de España. Transición. Comentario de Textos. Ley para la Reforma Política, 1976

Práctica tú. 
Ley para la Reforma política, 1976

Artículo 1°: 
1. La democracia, en el Estado español, se basa en la supremacía de la Ley, expresión de la voluntad soberana del pueblo. Los derechos fundamentales de la persona son inviolables y vinculan a todos los órganos del Estado.
2. La potestad de elaborar y aprobar las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y promulga las leyes.
Art. 2°: 
1. Las Cortes se componen del Congreso de los Diputados y del Senado.
2. Los diputados del Congreso serán elegidos por sufragio universal, directo y secreto de los españoles mayores de edad.
3. Los senadores serán elegidos en representación de las entidades territoriales. El Rey podrá designar para cada legislatura senadores en número no superior a la quinta parte del de los elegidos.
4. La duración del mandato de diputados y senadores será de cuatro años. […]
Art. 3°: 
1. La iniciativa de reforma constitucional corresponderá: a) Al Gobierno. b) Al Congreso de los Diputados.
2. Cualquier reforma constitucional requerirá la aprobación por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso y del Senado. […]
3. El Rey, antes de sancionar una Ley de Reforma Constitucional, deberá someter el proyecto a referéndum de la nación. [...]
Art. 5°: El Rey podrá someter directamente al pueblo una opción política de interés nacional, sea o no de carácter constitucional, para que decida mediante referéndum, cuyos resultados se impondrán a todos los órganos del Estado.
Si el objeto de la consulta se refiriera a materia de competencia de las Cortes y éstas no tomarán la decisión correspondiente de acuerdo con el resultado del referéndum, quedarán disueltas, procediéndose a la convocatoria de nuevas elecciones.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera. El Gobierno regulará las primeras elecciones a Cortes para constituir un Congreso de 350 Diputados y elegir 207 Senadores a razón de cuatro por provincia y uno más por cada provincia insular, dos por Ceuta y dos por Melilla. […]
Las elecciones al Congreso se inspirarán en criterios de representación proporcional, conforme a las siguientes bases:
1ª Se aplicarán dispositivos correctores para evitar fragmentaciones inconvenientes de la Cámara, a cuyo efecto se fijarán porcentajes mínimos de sufragios para acceder al Congreso.
2ª La circunscripción electoral será la provincia […]
La presente Ley tendrá rango de Ley Fundamental. 
Dada en Madrid, a 4 de enero de 1976.

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